Matriculación

ANEXO I
CAMBIOS DE DOMICILIO
Agrégase al Reglamento de Matriculación el presente Anexo 1, con las indicaciones del trámite a que deberá ajustarse todo cambio de domicilio de los colegiados. Cambio de domicilio (Real, de Colegiación o Profesional) dentro del mismo Distrito: -Recibida la comunicación, se anotará el nuevo domicilio en el dorso de la ficha correspondiente; en el frente de la misma se marcará con una x el antiguo domicilio.
-Se cursará memorándum a: Consejo Superior, Registros Civiles, Comisarías, Ministerio de Salud (vía Consejo Superior). Secretaría de Salud Pública de la Municipalidad, Colegio de Farmacéuticos.
-Los memorándums pueden ser hechos en carbónico y firmados por el Secretario Administrativo del Distrito.
-Cuando se trate de un cambio de domicilio real fuera de la Provincia por otro de las mismas características, se procederá solamente a la anotación en su ficha.
Cambio de Domicilio (Real ó de Colegiación) a otro Distrito:
-Al presentarse el interesado en el nuevo Colegio de Distrito correspondiente, exibirá su carnet.
-Se buscará y desglosará la circular que oportunamente remitiera el Distrito en que se matriculara, la que se archivará en una carpeta especial para dichos fines.
-Se confeccionará la ficha F1, que se ubicará en el archivo general; en el dorso de la misma se dejará constancia de su actuación en el otro Distrito, en la parte correspondiente
-Se le registrará y firmará en el Libro Menor de Inscripción (salvo que ya figurara en el mismo) del Distrito.
-Se le harán firmar las circulares necesarias para remitir a: Registros Civiles, Comisarías, Secretaría de Salud Pública.
-Se cursará memorandum a: Consejo Superior, Ministerio de salud (vía Consejo Superior), Colegio de Farmacéuticos, Distrito en que estaba matriculado.
-Entregará una fotografía para la ficha F1.
-Debe tenerse presente que el número de Matrícula no se modifica.
-El Distrito en que se encontraba anteriormente matriculado el colegiado, al recibir el memorándum con el cambio de domicilio procederá a retirar su ficha y archivarla separadamente, previa anotación en el dorso del período en que ejerció en el Disirito y Distrito al que se pasa.
-El memorándum se archivará en una carpeta especial.
-A su vez remitirá memorándum a: Registros Civiles, comisarías, Secretarías de Salud Pública.

ANEXO II
MATRICULA ESPECIAL PARA MEDICOS JUBILADOS

-La solicitud de inscripción deberá ser realizada por escrito, al Colegio de Distrito. En la misma informará los nombres de los familiares a cargo. -El Distrito le otorgará una matrícula provincial con la letra “J” (jota) y el número que tenía.
-Se completará la ficha F1 (Kardex) con los nuevos datos. Se enviará una circular a la Caja de Previsión y una copia al Colegio de Farmacéuticos.
-Se confeccionará un carnet especial que tendrá en el anverso: Nombre del profesional, Número de Matrícula, Documento de identidad y Fecha de Nacimiento. Tendrá también el sello del Distrito y la firma del Presidente y del Secretario.
-Al cumplirse los dos años el profesional deberá solicitar la renovación de la matrícula especial, repitiéndose todo el procedimiento anteriormente establecido.
-Si existiesen dudas sobre la capacidad del profesional deberá realizarse el procedimiento establecido en el Art. 40 inc. a) del Decreto-Ley 5413/58

NOTA: Cuando un médico es dado de baja, su Matrícula quedará reservada no otorgándosele el número en cuestión a ningún otro colegiado.

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